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Tributación amplía medidas para mitigar efectos económicos del Covid-19
La nueva resolución de la SET amplía las medidas administrativas transitorias por el Covid-19, entre ellas, la validez de las facturas electrónicas emitidas como sustento del crédito fiscal del IVA y de gastos en los impuestos a las rentas.
La Subsecretaría de Estado de Tributación comunicó que tendrán validez como sustento del crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de costos y gastos en los impuestos a las rentas, de las transacciones respaldadas con facturas remitidas por el contribuyente a sus clientes, a través de cualquier medio electrónico.
Esta medida se aplica a todas las operaciones realizadas desde el 1 de marzo hasta el 31 de agosto, sin embargo, las muestras originales de estas facturas deberán ser puestas a disposición del cliente que ellos lo incluyan dentro de su archivo tributario, antes del 31 de diciembre.
Esto implica que la SET podrá requerir a los contribuyentes los informes sobre las facturas emitidas o cualquier detalle de las mismas, almacenadas en los medios tecnológicos.
La presentación del informe de Auditoría Externa Impositiva recién será obligatoria a partir de la cuarta Declaración Jurada Rectificativa, correspondiente a un mismo periodo o ejercicio fiscal. Esto regirá hasta el 31 de diciembre. HOY
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